¿Cómo declaro el Formulario 29 (F29) mensual, paso a paso?
El F29 es probablemente el formulario más repetitivo del calendario tributario chileno: se presenta todos los meses y consolida el IVA, los PPM, las retenciones y otros impuestos. Si tienes empresa o si estás obligado a retener, no lo puedes saltar. Aquí te explicamos cómo funciona y cómo declararlo sin caer en las multas típicas por atraso.
¿Qué es el F29?
Es el formulario mensual de declaración y pago simultáneo de impuestos del SII. En una sola presentación declaras:
- IVA del mes (débito fiscal por ventas menos crédito fiscal por compras).
- PPM obligatorios (Pagos Provisionales Mensuales del impuesto a la renta).
- Retenciones practicadas a honorarios de terceros y otros conceptos.
- Impuestos específicos si corresponden (combustibles, tabaco, etc.).
¿Quién debe presentarlo?
Están obligados a declarar F29 mensualmente:
- Empresas de Primera Categoría, con o sin movimiento del mes.
- Contribuyentes del régimen Pro Pyme (14 D N.º 3 y N.º 8), incluida la Pro Pyme Transparente.
- Personas o empresas que retengan honorarios a terceros aunque no vendan afectas a IVA.
- Contribuyentes con actividades afectas a IVA aunque estén en régimen general.
Plazo mensual
El plazo depende de si tienes impuesto a pagar y de si eres facturador electrónico (todas las fechas se corren al día hábil siguiente si caen en feriado, sábado o domingo):
- Hasta el día 12 del mes siguiente: F29 con pago, para contribuyentes que no son facturadores electrónicos.
- Hasta el día 20 del mes siguiente: F29 con pago, para contribuyentes facturadores electrónicos.
- Hasta el día 28 del mes siguiente: F29 sin movimiento y sin pago.
El calendario tiene ajustes por feriados y cambios normativos. Confirma siempre el calendario oficial en sii.cl antes de la fecha.
Qué necesitas antes de declarar
- Clave tributaria vigente (o representante legal con clave).
- Libros de Compras y Ventas del mes cerrados (RCV cuadrado).
- Emisión y recepción de DTE revisada: facturas emitidas, notas de crédito, facturas de compra recibidas.
- Si retienes honorarios: totalizar el monto retenido del mes.
- Cálculo del PPM según tu régimen.
Paso a paso para presentar el F29
- Entra a sii.cl y autentícate con RUT y clave tributaria.
- Ve a "Servicios online" → "Impuestos mensuales" → "Declarar IVA (F29)". También puedes revisar la sección de F29 online del SII.
- Elige el período tributario que corresponde declarar.
- Revisa la propuesta precargada con datos del RCV (Registro de Compras y Ventas) y de tus DTE.
- Cuadra débito fiscal (ventas) y crédito fiscal (compras). Ajusta si detectas diferencias.
- Ingresa el PPM del mes y las retenciones practicadas.
- Verifica el total a pagar (o remanente de crédito fiscal).
- Envía la declaración y, si corresponde, paga en línea con los medios habilitados.
PPM: cómo se calcula (versión corta)
El PPM es un anticipo mensual del impuesto a la renta anual. En el régimen Pro Pyme el porcentaje por defecto suele ser 0,25% de los ingresos brutos del mes en el primer año, con recálculo anual según lo pagado en la Operación Renta.
En el régimen general, el porcentaje varía cada abril según la relación entre el impuesto pagado el año anterior y los ingresos brutos. Si necesitas verificar el porcentaje que te aplica, puedes revisarlo en tu cartola tributaria en sii.cl.
Retenciones y PPM: tabla resumen 2026
| Concepto | Referencia 2026 |
|---|---|
| IVA | 19% |
| Retención sobre honorarios | 15,25% |
| Tasa IDPC Pro Pyme (régimen 14 D N.º 3) | 12,5% |
| Plazo F29 con pago (no facturador electrónico) | Día 12 del mes siguiente* |
| Plazo F29 con pago (facturador electrónico) | Día 20 del mes siguiente* |
| Plazo F29 sin movimiento y sin pago | Día 28 del mes siguiente* |
*Se corre al día hábil siguiente si cae en feriado, sábado o domingo. Sujeto a cambios normativos. Confirma en sii.cl.
Multas por atraso
Si declaras fuera de plazo con impuesto a pagar, el SII aplica:
- Multa del 10% del impuesto adeudado por el primer mes o fracción de atraso.
- +2% adicional por cada mes o fracción posterior, con un tope legal de 30% (art. 97 N°2 del Código Tributario).
- Reajuste según variación del IPC.
- Intereses moratorios de aproximadamente 1,5% mensual por cada mes de atraso.
Errores comunes
- No declarar en meses sin ventas: hay que enviar el F29 igual.
- Cuadrar mal el RCV: revisa que no falten DTE recibidos que puedas usar como crédito fiscal.
- Olvidar retenciones de honorarios pagados a terceros.
- PPM mal calculado: usar el porcentaje anterior cuando cambió en abril.
- Declarar y no pagar: si declaraste con impuesto a pagar, tienes que enterarlo o queda deuda vigente.
¿Cuándo conviene delegarlo?
El F29 es repetitivo y errores chicos generan multas grandes. Si tu tiempo vale más que revisar el RCV cada mes, o si tienes emisión de facturas frecuente, delegarlo en un equipo contable con proceso mensual suele salir más barato que las multas y los intereses que puedes acumular por descuido.
Este artículo es informativo y no reemplaza una asesoría tributaria personalizada para tu caso.
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